MODELO 182. Como rellenarlo- Numo

Modelo 182: Declaración informativa

¿Quién debe realizar la declaración del Modelo 182?

El deber de presentar el modelo 182 recae en todas las entidades receptoras de donativos, donaciones o aportaciones que generen derecho a deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Esto aplica cuando dichas entidades hayan emitido certificaciones que respalden los donativos, donaciones o aportaciones.

También están obligados a presentar este modelo los partidos políticos que reciban donaciones elegibles para las deducciones establecidas en la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como los titulares de patrimonios protegidos según lo dispuesto en la Ley 41/2003, de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad.

El modelo 182 requiere la identificación de la entidad receptora de los donativos, los datos de los donantes y aportantes, el monto de las donaciones y aportaciones recibidas, así como las deducciones correspondientes a las que tiene derecho el donante o aportante.

¿Cómo se presenta?

La presentación del modelo 182 debe realizarse de manera electrónica a través de Internet, utilizando el sistema de identificación y autenticación basado en certificado electrónico reconocido por la AEAT. Las personas físicas también pueden optar por el sistema Cl@ve-PIN para la presentación electrónica.

El modelo 182 debe presentarse en el período comprendido entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente al que se hace referencia.

Es posible visualizar un borrador del modelo 182 (sin validez para la presentación) para entender qué secciones deben completarse según la información que se desea comunicar.

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